Transitorio Primero
Transitorios del decretoPublicado DOF 2013-12-11 · vigente desde 2014-01-01
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
Texto tal como se publicó en el DOF el 11 de diciembre de 2013.
Publicado DOF 2013-12-11 · vigente desde 2014-01-01
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
Texto tal como se publicó en el DOF el 11 de diciembre de 2013.
Réplica fiel del texto publicado en el DOF.
Réplica fiel del texto publicado en el Diario Oficial de la Federación, con su historial de reformas (fuente: Cámara de Diputados). Para efectos legales, cita la publicación oficial.