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Reforma publicada en el DOF el 9 de diciembre de 2019
Vigencia: «Único. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2020.»
Vigencia: «Único. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2020.»
Réplica fiel del texto publicado en el DOF.
Réplica fiel del texto publicado en el Diario Oficial de la Federación, con su historial de reformas (fuente: Cámara de Diputados). Para efectos legales, cita la publicación oficial.