Transitorio Único
Transitorios del decretoPublicado DOF 2020-12-08 · vigente desde 2021-01-01
Único. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2021.
Texto tal como se publicó en el DOF el 8 de diciembre de 2020.
Publicado DOF 2020-12-08 · vigente desde 2021-01-01
Único. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2021.
Texto tal como se publicó en el DOF el 8 de diciembre de 2020.
Réplica fiel del texto publicado en el DOF.
Réplica fiel del texto publicado en el Diario Oficial de la Federación, con su historial de reformas (fuente: Cámara de Diputados). Para efectos legales, cita la publicación oficial.