Transitorio Tercero
Transitorios del decretoPublicado DOF 2021-04-23 · vigente desde 2021-04-24
Tercero. A la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, deberán obtener el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que prevé el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, en un plazo de 90 días naturales, contados a partir de la publicación de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 15, párrafo sexto, de dicha Ley.
Otras normas: art. 15 (Ley Federal del Trabajo)
Texto tal como se publicó en el DOF el 23 de abril de 2021.