Transitorio Sexto
Transitorios del decretoPublicado DOF 2021-07-31 · vigente desde 2021-08-01
Sexto. Las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas, deberán empezar a proporcionar la información a que se refieren las fracciones I y II del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, y tendrán hasta el 1 de septiembre de 2021 para proporcionarla. La información a que se refiere la fracción III del citado artículo deberá ser presentada, una vez que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ponga a disposición de dichas personas, el mecanismo para la obtención del documento de referencia.
Otras normas: art. 15 (Ley del Seguro Social)
Texto tal como se publicó en el DOF el 31 de julio de 2021.