Transitorio Tercero
Transitorios del decretoPublicado DOF 2021-07-31 · vigente desde 2021-08-01
Tercero. A la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, deberán obtener el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que prevé el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, a más tardar el 1 de septiembre de 2021.
Otras normas: art. 15 (Ley Federal del Trabajo)
Texto tal como se publicó en el DOF el 31 de julio de 2021.